LEY Nº 3396
LEY DE 17 DE MAYO DE 2006
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO. Autorízase excepcionalmente al Gobierno Municipal de la Sección Capital Sucre, el cambio de uso de suelo del área verde de 3.754 m2 de superficie, con Código Catastral D-28, M 229, L-01, ubicado en la zona de Tucsupaya Alta, de propiedad municipal, transferido por los señores Freddy Serrudo y Mariano Soliz, a área de equipamiento para la construcción de una unidad educativa.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dos días del mes de mayo de dos mil seis años.
Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Jorge Aguilera Bejarano, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil seis años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Félix Patzi Paco.