LEY Nº 3421
LEY DE 12 DE JUNIO DE 2006
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO. De conformidad con el artículo 59, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del “Convenio Gubernamental entre la República de Bolivia y el Reino de Dinamarca, concerniente al Programa de Apoyo al Desarrollo Sostenible, Gestión de Recursos Naturales y Medio Ambiente”, suscrito el 17 de marzo de 2006.
Conforme a lo estipulado en el Artículo 19, el Convenio entrará en vigencia el día en que el Estado Boliviano comunique a la otra Parte el cumplimiento de sus requisitos legales internos.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los seis días del mes de junio de dos mil seis años.
Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Alex Cerrogrande Acarapi, Roxana Sandoval Román.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de junio de dos mil seis años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alicia Muñoz Alá Ministra de Gobierno e Interina de Relaciones Exteriores y Cultos, Juan Ramón Quintana Taborga.