LEY Nº 3549
LEY DE 1 DE DICIEMBRE DE 2006
ALVARO MARCELO GARCIA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO. De conformidad con el artículo 59, atribución 5ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato Modificatorio suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 18 de julio de 2006, que redirecciona los saldos disponibles de los Préstamos: Préstamo 1006/SF-BO, Programa de Apoyo a la Política de Vivienda (PROVIVIENDA); Préstamo 1020/SF-BO, Programa de Apoyo Integral a la Pequeña y Microempresa; Préstamo 1031/SF-BO, Programa Escudo Epidemiológico Boliviano y Apoyo al Programa Ampliado de Inmunización; Préstamo 1118/SF-BO, Programa de Fortalecimiento Institucional del Comercio Exterior; y 1126/SF-BO, Programa de Reforma Educativa hacia el Préstamo 1075/SF-BO Desarrollo Local y Sostenibilidad Fiscal – Fase I, para complementar el componente PROPAIS y para el nuevo componente Programa para la Rehabilitación de Infraestructura (PROREINF).
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil seis años.
Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de diciembre de dos mil seis años.
FDO. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, David Choquehuanca Céspedes, Walker San Miguel Rodríguez Ministro de Defensa Nacional e Interino de la Presidencia, Hernando Larrazábal Córdova, Luís Alberto Arce Catacora, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Félix Patzi Paco.