LEY Nº 4009
LEY DE 27 DE FEBRERO DE 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad a lo establecido en la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Financiamiento 4382 – BO, entre la República de Bolivia y el Banco Mundial (AIF), suscrito el 19 de septiembre de 2008, por la suma de DEG 11.700.000 (Once Millones Setecientos Mil 00/100 Derechos Especiales de Giro), destinados a financiar el “Proyecto de Expansión de Acceso a Servicios de Salud para Disminuir las Inequidades (APL III)”.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de febrero de dos mil nueve años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, José Villavicencio Amuruz, Orlando Careaga Alurralde, Martín Mollo Soto, Segundo Tobias Maida R.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil nueve años.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Noel Ricardo Aguirre Ledezma, Jorge Ramiro Tapia Sainz