LEY Nº 3989
LEY DE 18 DE DICIEMBRE DE 2008
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. De conformidad a lo dispuesto por el artículo 59, atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de El Alto transferir, a título gratuito, el predio municipal de 61.664,14 m2, ubicado en la Urbanización Alto Chijini, Distrito Municipal Nº 3 de la ciudad de El Alto, inscrito en Derechos Reales con Folio Real Matrícula Nº 2.12.2.01.000.1169, a favor del Instituto Normal Superior Tecnológico y Humanístico de la ciudad de El Alto (INSTHEA) del Ministerio de Educación y Culturas.
Artículo 2. Los terrenos transferidos tienen como destino único y exclusivo la construcción de la infraestructura de educación tecnológica y humanística, quedando prohibida la entidad beneficiaria transferir dichos predios a favor de terceros, ni destinarlos a un uso diferente, causando, su incumplimiento, la reversión del citado terreno juntamente con la infraestructura implementada, no correspondiendo en ningún caso indemnización alguna.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de diciembre de dos mil ocho años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Calvo, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Peter Maldonado Bakovic.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil ocho años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Roberto I. Aguilar Gómez.