LEY Nº 3980
LEY DE 11 DE DICIEMBRE DE 2008
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con lo establecido por el artículo 59, atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Poder Ejecutivo, a través de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno, ubicado en la zona Loketa de la localidad de Huanuni, Provincia Pantaleón Dalence del Departamento de Oruro, con una superficie de 2.335,84 m2, cuyas colindancias son: al Norte con una calle sin nombre, al Sur con el vecino Nº 2; al Este, con el vecino Nº 1, y al Oeste con el Estadio Manuel Flores; a favor de la Universidad Técnica de Oruro y con destino a la construcción de infraestructura para desarrollar actividades académicas.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil ocho años.
Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Calvo, Fredy Omar Fernández Q., Heriberto Lázaro Barcaya, Peter Maldonado Bakovic.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de diciembre de dos mil ocho años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Roberto I. Aguilar Gómez.