LEY Nº 3888
LEY DE 18 DE JUNIO DE 2008
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Declarase de prioridad departamental el mejoramiento del tramo carretero que abarca 85 Kms, en el Municipio de Betanzos desde el cruce de Mojotorillo, Lagunillas, Quebrada, Juantapita, Pampa Yapu, Paranavi Alta, Tirispaya y Pilcumayo de la Provincia Cornelio Saavedra del Departamento de Potosí.
Artículo 2. La Prefectura del Departamento de Potosí y el Gobierno Municipal de Betanzos quedan encargados de gestionar los recursos económicos para su ejecución a partir de la promulgación de la presente Ley.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de junio de dos mil ocho años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Roxana Sandoval Román.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil ocho años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Oscar Coca Antezana.