DECRETO SUPREMO N° 29794
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Ley N° 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, dispone las atribuciones y competencias del Ministro de Trabajo, entre las que se encuentra el coordinar y desarrollar políticas para la erradicación de cualquier forma de servidumbre; concordante con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 28631 de 8 de marzo de 2006, Reglamento de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo.
Que el Decreto Supremo N° 29292 de 3 de octubre de 2007, crea el Consejo Interministerial de Erradicación de la Servidumbre, el Trabajo Forzoso y Formas Análogas; de igual manera aprueba y pone en ejecución el Plan Interministerial Transitorio 2007 - 2008 para el Pueblo Guaraní, como una política nacional tendiente a iniciar el restablecimiento de la libertad, dignidad y derechos, generando condiciones de vida digna a esa población.
Que el Decreto Supremo N° 29388 de 19 de diciembre de 2007, asigna recursos económicos para la implementación y ejecución del Plan Interministerial Transitorio 2007 - 2008 para el Pueblo Guaraní, por un total de $us2.000.300.- (DOS MILLONES TRESCIENTOS 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) Recursos inscritos en las entidades que se encuentran a cargo de la ejecución de los Componentes del Plan, sin que se haya ejecutado todo el presupuesto en la gestión 2007 - 2008 debido a la situación político social por la que atravesó el país y principalmente el Chaco boliviano, marcada por la resistencia de algunos propietarios de haciendas, existiendo actualmente saldos para ser ejecutados en la gestión 2009, por lo que es necesario proceder a la ampliación y reprogramación del indicado Plan.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- (AMPLIACIÓN Y REPROGRAMACIÓN DEL PLAN INTERMINISTERIAL TRANSITORIO 2007 - 2008 PARA EL PUEBLO GUARANI A LA GESTIÓN 2009).
I. Se amplia la vigencia y ejecución del Plan Interministerial Transitorio 2007 - 2008 para el Pueblo Guaraní, aprobado mediante Decreto Supremo N° 29292 de 3 de octubre de 2007 hasta fines de la gestión 2009.
II. Los saldos de los recursos asignados al Plan Interministerial Transitorio 2007 - 2008 para el Pueblo Guaraní, mediante Decreto Supremo N° 29388 de 19 de diciembre de 2007, serán reprogramados para el cumplimiento de lo establecido en el Parágrafo I del presente Decreto Supremo.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de la Presidencia, de Justicia, de Planificación del Desarrollo, de Hacienda, de Producción y Microempresa, de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, y de Trabajo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil ocho.
FDO. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Susana Rivero Guzmán, Oscar Coca Antezana, Carlos Romero Bonifaz, Saúl Ávalos Cortez, Luís Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Roberto I. Aguilar Gómez, Jorge Ramiro Tapia Sainz, Hector E. Arce Zaconeta.