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Decreto Supremo 29181

Publicación Nro. 3004

 

Fecha publicación: jueves 28 de junio 2007


Autoriza al Ministerio de Hacienda, a través del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, previa solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo, debitar automáticamente de las cuentas fiscales, afectando las partidas de gasto corriente de las entidades ejecutoras y/o beneficiarias de recursos de la Cooperación Internacional, responsables de las acciones u omisiones que dieran lugar a la declaratoria de no elegibilidad, los importes correspondientes a gastos declarados no elegibles, cuando a sólo requerimiento no efectúen el depósito respectivo en la cuenta y plazo que les sean otorgados.